¿Leasing o compra de automóvil? Qué conviene más fiscal y financieramente
14/05/2026
El arrendamiento puro o “leasing” es un contrato mediante el cual un tercero otorga en renta un bien mueble. Si al finalizar el plazo de renta existe la opción de comprarlo, entonces se considera un arrendamiento financiero.
Arrendamiento puro (leasing) y financiero: ¿cuál es la diferencia?
El arrendamiento “puro” es un acto regulado por el Código Civil, mientras que el arrendamiento financiero está regulado por la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (LGTOC).
En el primero no existe la intención, por parte del arrendador, de trasladar la propiedad del bien. En el arrendamiento financiero se establece un plazo y, al término de este, existe la opción de:
- adquirir el bien,
- prorrogar el plazo,
- o participar con el arrendador en el precio de venta del bien a un tercero.
Visto de otro modo, el arrendamiento financiero funciona de forma similar a un financiamiento o venta a plazos si se ejerce la opción de adquirir el bien; solo que, en lugar de un pago inicial (enganche), existe un pago final (valor residual).
Diferencias principales
| Concepto | Arrendamiento Puro | Arrendamiento financiero | Financiamiento |
| Pago inicial | No necesariamente | Variable | Sí |
| Plazo mínimo o máximo | Sí | Sí | Sí |
| Propiedad del bien | No | Posible al final | Sí |
| Intereses | Sí | Sí | Sí |
| Opción de compra | No obligatoria | Sí | No aplica |
| Ley que regula | Código civil | LGTOC | LGTOC |
Arrendamiento o adquisición de automóviles: ¿qué conviene más?
Adquisición de vehículos
Los automóviles tienen un tope de deducción de $175,000 pesos o $250,000 pesos para vehículos eléctricos, híbridos o de hidrógeno (Fracción II, Artículo 36 de la LISR).
Las camionetas tipo pickup, al utilizarse para transporte de carga, enseres y mercancías, no entran dentro de la limitante del Artículo 36, fracción III de la LISR, ya que no son utilizadas únicamente para transporte de personas. Por lo tanto, el monto original de la inversión es deducible al 100%.
Arrendamiento puro
Tratándose de automóviles, la Ley del ISR establece un máximo deducible de $200 pesos diarios para vehículos con motor de combustión y $285 pesos diarios para vehículos eléctricos o de hidrógeno (tercer párrafo de la fracción XIII del artículo 28 de la LISR).
En un contrato de arrendamiento puro, si el valor del arrendamiento es mayor a dichos montos, la diferencia se considera un gasto no deducible.
Aplicando el mismo criterio de la SCJN para el arrendamiento, el leasing de camionetas tipo pickup no tendría una limitación en su deducibilidad.
Arrendamiento financiero
Si no se ejerce la opción de compra del vehículo, entonces en realidad se estuvo frente a un arrendamiento puro, con las limitaciones mencionadas anteriormente.
Tratándose de arrendamiento financiero, debe aplicarse lo dispuesto en el artículo 38 de la LISR, el cual establece las reglas para determinar el monto de la inversión cuando se ejerce la opción de compra.
Estas reglas también están limitadas por un tope de deducción sobre la inversión de $175,000 pesos o $250,000 pesos para vehículos eléctricos, híbridos o de hidrógeno (Fracción II, Artículo 36 de la LISR).
En este contexto, es muy común que surja la pregunta:
¿Qué conviene más para efectos fiscales: arrendar o comprar mediante financiamiento?
Caso práctico
Consideramos que comparar un arrendamiento contra una compra de contado no resulta del todo adecuado debido al costo de oportunidad.
Por ello, se realizó un ejercicio para comparar el costo fiscal y financiero de un vehículo con valor de $300,000 pesos adquirido mediante leasing vs. financiamiento.
El análisis parte del principio del “costo del dinero a través del tiempo”, considerando el mismo flujo mensual de efectivo (leasing más IVA).
No se contemplaron costos de seguros o mantenimiento que pudiera incluir obligatoriamente el arrendador. Asimismo, se consideró un plazo de 4 años para evitar distorsiones relacionadas con el tiempo de deducción de la inversión.

Conclusión
Desde una óptica fiscal, bajo las condiciones anteriormente expuestas, el arrendamiento puro representa un menor desembolso de efectivo frente a un financiamiento y permite una mayor deducción autorizada.
Además, cuando existe la posibilidad de cambiar el vehículo al finalizar el plazo sin modificar las condiciones, el arrendamiento puro puede resultar aún más atractivo.
Sin embargo, si la intención principal es adquirir el vehículo de forma definitiva, un financiamiento podría resultar más económico.
En cualquier caso, estas condiciones dependen de variables de mercado como:
- valor residual,
- tasa de interés,
- porcentaje de enganche,
- y condiciones particulares de cada operación.
Por ello, siempre es recomendable analizar cada caso de manera individual antes de tomar una decisión.
Equipo Active Leasing
Alexis López
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